Infonavit: Estos son los requisitos para retirar tu dinero del fondo de ahorro
El Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit), permite que los derechohabientes retiren su dinero del fondo de ahorro, pero deben cumplir con algunos requisitos.
De acuerdo con Infonavit para poder solicitar tu dinero del fondo de ahorro, debes cumplir con la terminación laboral; la resolución del IMSS, que va desde la cesantía, hasta la invalidez; por defunción o tener un plan privado de pensión.
¿Cuáles son los requisitos para retirar tu dinero del fondo de ahorro?
Según el Instituto, la devolución de tu dinero dependerá del régimen de la Ley del Seguro Social en el que te encuentres y pueden ser:
- Ley 73
Los pensionados bajo el régimen de la Ley 73 reciben en una sola exhibición la devolución de su dinero disponible en la Subcuenta de Vivienda y los rendimientos generados hasta el momento en que se realiza el trámite de devolución.
El dinero puede solicitarse en una cita en Infonavit o mediante el Afore, pero para realizar el trámite ante el Instituto, necesitarás:
- Contar con saldo disponible en el Fondo de Ahorro 72-92, Subcuenta de Vivienda 91; Subcuenta de Vivienda 97 o Solo Infonavit
- Resolución de pensión expedida por el IMSS y en caso de incapacidad, debe ser igual o superior al 50%
- No tener un crédito vigente con el Instituto
- Estar registrado ante una Afore
- Generar una cita desde Mi Cuenta Infonavit
- Número de Seguridad Social, RFC y CURP
- Original y copia de tu identificación oficial vigente con fotografía
- Cuenta bancaria a tu nombre con clabe y que acepte depósitos por la cantidad a devolver
- Estado de cuenta bancario no mayor a dos meses
- Devolución del Fondo de Ahorro 1972- 1992
Si eres beneficiario de un trabajador fallecido y éste tiene saldo a favor en el Fondo de Ahorro 72-92, deberás ingresar a esta página web, donde sólo tendrás que seguir las instrucciones.
Para el trámite debes tener un laudo o resolución judicial que condene al pago de estos recursos.
- Devolución de la Subcuenta de Vivienda 1992- 1997
Si eres beneficiario reconocido ante el IMSS, no necesitas la designación de beneficiarios, emitida por la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje y sólo deberás ingresar a esta página web, donde tendrás que seguir las instrucciones.
En caso de no ser un beneficiario legal y por lo que no se tiene un dictamen de pensión del titular fallecido, es indispensable acreditar la condición mediante resolución de designación de beneficiarios emitido por la Junta de Conciliación y Arbitraje.